El gobierno formalizó la disolución del Fondo Fiduciario Público «Pro.Cre.Ar» mediante Resolución 764/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

La medida hace operativo lo dispuesto en el Decreto 1018/2024 y marca el traspaso de la administración de los créditos vigentes al Banco Hipotecario SA, que continuará con su gestión bajo las mismas condiciones contractuales fijadas en 2012.
Según lo dispuesto por el Ejecutivo, la eliminación del fondo se enmarca en la Ley 27.742 de emergencia pública, que autoriza al Poder Ejecutivo a modificar o disolver fondos fiduciarios con el objetivo de optimizar el funcionamiento estatal, reducir su tamaño y equilibrar las cuentas públicas. En ese sentido, se argumentó que el Procrear se había transformado en una «pesada carga» fiscal y presentaba serias dificultades en su ejecución.
Entre los fundamentos de la medida, se destacó que la financiación de viviendas debe recaer en el sistema bancario, tanto público como privado, sin requerir intervención estatal directa. Además, se mencionó una auditoría de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), que identificó demoras en la entrega de unidades, mayores costos de mantenimiento, deficiencias en la habitabilidad de viviendas entregadas y fallas en los procesos de gestión y control.
La Dirección Nacional de Normalización Patrimonial será responsable de implementar los procedimientos necesarios para ejecutar el traspaso operativo. En este marco, el Banco Hipotecario deberá transferir los fondos recaudados a la cuenta del Tesoro Nacional, previa deducción de gastos y comisiones. También podrá vender carteras de crédito cuya tasa de recuperación sea inferior al 40%.
El Ministerio de Economía administrará los bienes del fondo, incluyendo la regularización de dominio y el manejo de activos. Podrá, con intervención del Tribunal de Tasaciones de la Nación, transferir inmuebles a gobiernos provinciales, municipales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, institutos de vivienda u otros organismos estatales. En casos donde las propiedades hayan sido originalmente aportadas por provincias o municipios, podrá contemplarse su restitución parcial o total.
Los inmuebles que no estén afectados a obras con contratos vigentes serán transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), en coordinación con el Banco Hipotecario y la Secretaría de Obras Públicas.
Las obligaciones pendientes serán saldadas con lo recaudado por el cobro de créditos o mediante la venta de activos, respetando la prelación establecida en el contrato original. Las causas judiciales derivadas del programa quedarán a cargo del servicio jurídico permanente que designe la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía.
Con esta decisión, el Gobierno da un paso más en su política de reducción del aparato estatal y en la reorganización del sistema de fondos fiduciarios.